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Cómo pedir una copia de un expediente administrativo

Tienes derecho a consultar y obtener copia de tu propio expediente. Te explicamos cómo pedirla, y qué hacer si lo que buscas es la copia de un testamento.

Tu derecho a pedir copia de un expediente administrativo

El artículo 53 de la Ley 39/2015 reconoce a quien es parte interesada en un procedimiento el derecho a acceder y obtener copia de los documentos que forman su expediente administrativo, en cualquier momento del procedimiento. Es un derecho distinto del acceso general a la información pública: aquí hablamos de tu propio expediente, en el que figuras como interesado.

Cuándo tiene sentido pedirla

Qué debe incluir tu solicitud

Puedes partir del modelo de solicitud de copia de expediente administrativo para no tener que redactarlo desde cero: solo tienes que rellenar tus datos y los del expediente concreto.

Un caso particular: copia autorizada de un testamento

Un caso distinto, aunque también muy buscado, es el de la copia autorizada de un testamento guardado ante notario. Aquí no se trata de un expediente administrativo, sino de un documento notarial, y la solicitud se dirige directamente a la notaría (o, si no la conoces, al Registro General de Actos de Última Voluntad para saber ante qué notario se otorgó). Solo pueden pedir esa copia autorizada los herederos, legatarios o personas con interés legítimo acreditado, normalmente aportando el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades.

Si tu caso es este, puedes usar como punto de partida el modelo de solicitud de copia de testamento al notario, adaptando los datos del fallecido y tu condición de interesado. Este contenido es informativo: en herencias con varios herederos, bienes en distintas comunidades autónomas o posibles conflictos, conviene contar con el asesoramiento de un notario o abogado especializado en sucesiones.

Plazo de respuesta

La Administración no tiene un plazo específico y único para entregar copia de un expediente en curso, pero debe hacerlo dentro de un plazo razonable conforme a los principios de buena administración; si tarda de forma injustificada, puedes presentar una queja o, en procedimientos ya resueltos, acudir a las normas generales de acceso a la información pública. Para dudas sobre plazos de recursos relacionados, consulta nuestra guía de plazos de recursos administrativos en España.

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Aviso: este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Los plazos y procedimientos pueden variar según el organismo, la comunidad autónoma o la normativa sectorial aplicable. Consulta siempre las fuentes oficiales y, si tu caso es complejo o de importe elevado, valora la ayuda de un profesional antes de presentar cualquier escrito.