Solicitud inicial de valoración de la dependencia
Este modelo sirve para iniciar por primera vez el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia ante el organismo competente de tu comunidad autónoma, el paso previo necesario para que se realice la valoración y, en su caso, se reconozca un grado de dependencia y se acceda a las prestaciones y servicios correspondientes (ayuda a domicilio, teleasistencia, prestación económica, centro de día, entre otros).
Última revisión de contenido: 15 de enero de 2026
¿Cuándo se utiliza?
- Una persona necesita ayuda para las actividades básicas de la vida diaria por edad, enfermedad o discapacidad y todavía no tiene reconocido ningún grado de dependencia.
- Quieres iniciar el trámite para acceder a los servicios y prestaciones del sistema de dependencia.
¿Quién puede presentarlo?
- La propia persona en situación de posible dependencia, o su representante legal o guardador de hecho.
- Un familiar en su nombre, con la autorización correspondiente.
¿Qué documentación necesito?
- Documento de identidad de la persona solicitante.
- Informe de salud o informes médicos que describan la situación y las limitaciones, si se dispone de ellos.
- Certificado de empadronamiento, si lo exige la comunidad autónoma.
- Documento que acredite la representación, si actúa un tercero en nombre del solicitante.
¿Dónde se presenta?
La solicitud se presenta ante el organismo competente en materia de dependencia de la comunidad autónoma de residencia del solicitante, normalmente a través de los servicios sociales municipales o la sede electrónica autonómica.
¿Qué plazo existe?
No existe un plazo legal para presentar la solicitud inicial; puede hacerse en cualquier momento en que la persona necesite ayuda para las actividades básicas de la vida diaria.
¿Cómo se rellena?
- 1
Reúne la documentación disponible sobre la situación de salud y las limitaciones de la persona.
- 2
Rellena este formulario con los datos de la persona para la que se solicita la valoración.
- 3
Presenta la solicitud ante los servicios sociales de tu ayuntamiento o la sede electrónica de tu comunidad autónoma.
- 4
Un equipo de valoración realizará una visita para aplicar el baremo oficial (BVD) y determinar el grado de dependencia, si procede.
- 5
Recibirás una resolución con el grado reconocido y, en su caso, el Programa Individual de Atención (PIA) con las prestaciones y servicios asignados.
Antes de continuar
- El plazo máximo de 6 meses para resolver es frecuentemente incumplido en la práctica por la carga de expedientes de muchas comunidades autónomas; si se supera, existe un modelo específico de reclamación por demora.
- El grado de dependencia se determina aplicando el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) oficial mediante una visita presencial, no solo con la documentación aportada.
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Ejemplo de redacción
Ejemplo orientativo de la solicitud. Datos ficticios.
Hechos o motivos
Solicito el reconocimiento de la situación de dependencia de [nombre], con DNI [número], residente en [municipio]. Necesita ayuda para [actividades básicas: vestirse, asearse, desplazarse] a causa de [situación de salud]. Adjunto el informe de salud, la documentación de identidad y la acreditación del domicilio.
Solicitud
Que se admita la solicitud, se realice la valoración y, en su caso, se reconozca el grado de dependencia y el derecho a las prestaciones que correspondan.
Texto de ejemplo con datos inventados. Cada caso es distinto: redacta con tus datos y tu documentación.
Errores frecuentes al presentarlo
- No adjuntar el informe de salud actualizado.
- No acreditar el domicilio o la identidad de la persona solicitante.
- Presentarla ante una comunidad distinta de la de residencia.
- No guardar el justificante con la fecha de registro: de ella depende el plazo de 6 meses para resolver.
¿Qué ocurre después?
El organismo competente debe resolver en un plazo máximo de 6 meses desde la solicitud, aunque en la práctica y según la comunidad autónoma puede demorarse más. Si transcurre ese plazo sin resolución, puedes reclamar por demora. Una vez reconocido el grado, se elabora el Programa Individual de Atención (PIA) que concreta las prestaciones y servicios a los que se tiene derecho.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud de dependencia?
- El plazo máximo legal es de 6 meses desde la solicitud, aunque en la práctica muchas comunidades autónomas tardan más debido a la acumulación de expedientes.
- ¿Quién valora el grado de dependencia?
- Un equipo de valoración de la comunidad autónoma, mediante una visita presencial en la que aplica el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) oficial.
- ¿Qué pasa después de que reconozcan el grado?
- Se elabora un Programa Individual de Atención (PIA) que concreta las prestaciones y servicios a los que tiene derecho la persona (ayuda a domicilio, teleasistencia, centro de día, prestación económica, entre otros).
Fuentes y referencias
Verifica siempre la vigencia de la normativa y el procedimiento exacto en la sede electrónica del organismo destinatario.
- Boletín Oficial del Estado (BOE) — Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
- Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) — Instituto de Mayores y Servicios Sociales
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Aviso: este modelo es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. TrámiteListo no sustituye la revisión de un profesional en casos complejos. Comprueba siempre los requisitos, plazos y el organismo competente en la fuente oficial correspondiente antes de presentar el escrito.