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Laboral Modelo orientativo

Reclamación de cantidad por impago de salario

Este modelo sirve para reclamar por escrito a la empresa cantidades adeudadas derivadas de la relación laboral: nóminas, pagas extraordinarias, finiquito u otros conceptos salariales pendientes de pago. Es un paso previo recomendable antes de acudir a la conciliación administrativa o a la demanda ante el juzgado de lo social.

Última revisión de contenido: 15 de enero de 2026

¿Cuándo se utiliza?

  • La empresa no ha pagado una o varias nóminas en la fecha habitual.
  • No se ha abonado una paga extraordinaria pactada en el convenio o contrato.
  • Ha terminado la relación laboral y no se ha recibido el finiquito o está incompleto.

¿Quién puede presentarlo?

  • El trabajador o la trabajadora afectado por el impago, esté en activo o ya con la relación laboral extinguida.

¿Qué documentación necesito?

  • Contrato de trabajo y nóminas anteriores, para acreditar el salario pactado.
  • Nóminas no pagadas o justificante de la falta de ingreso.
  • Finiquito, si ya se ha entregado pero está incompleto o no coincide con lo debido.

¿Dónde se presenta?

El escrito se dirige a la empresa empleadora, normalmente al departamento de recursos humanos o a su representante legal, en su domicilio social o dirección de contacto habitual.

¿Qué plazo existe?

Las reclamaciones de cantidad derivadas del contrato de trabajo prescriben, con carácter general, al año desde que la cantidad es exigible (artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores). No dejes pasar ese plazo sin reclamar o, si no hay acuerdo, sin iniciar la conciliación previa.

¿Cómo se rellena?

  1. 1

    Reúne tus nóminas, el contrato y cualquier justificante de las cantidades impagadas.

  2. 2

    Rellena este formulario detallando los conceptos y periodos reclamados.

  3. 3

    Indica con claridad el importe total que reclamas.

  4. 4

    Envía el escrito a la empresa por un medio que puedas acreditar (burofax, email con acuse o entrega con copia sellada).

  5. 5

    Si la empresa no paga en un plazo razonable, el siguiente paso habitual es la papeleta de conciliación previa ante el organismo de mediación de tu comunidad autónoma (SMAC/CMAC/UMAC) y, si no hay avenencia, la demanda ante el juzgado de lo social.

Antes de continuar

  • Este modelo es un requerimiento previo a la empresa, no la papeleta de conciliación ni la demanda judicial, que tienen formato y trámite propios.
  • El plazo de prescripción de un año corre mientras no se interrumpa (por ejemplo, al presentar la conciliación); no lo dejes pasar confiando solo en este escrito.
  • En casos de despido, además de la cantidad adeudada, existen plazos de caducidad mucho más cortos (20 días hábiles) para impugnarlo: consulta el modelo específico de conciliación por despido si es tu caso.

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Tus datos

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Opcional.

Datos del procedimiento

Escribe el nombre completo del organismo tal y como aparece en la notificación recibida.

Motivo

Detalla cada concepto y periodo por separado si reclamas varios a la vez.

Solicitud

¿Qué ocurre después?

La empresa debería regularizar el pago o proponer una fecha concreta. Si no hay respuesta o no hay acuerdo, el paso habitual es presentar la papeleta de conciliación administrativa previa, obligatoria antes de demandar en la mayoría de los casos, y si tampoco hay avenencia, la demanda ante el juzgado de lo social dentro del plazo de prescripción.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un salario impagado?
Con carácter general, un año desde que la cantidad era exigible, según el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores. Conviene reclamar cuanto antes para no acercarte a ese límite.
¿Tengo que pasar por conciliación antes de demandar?
Sí, en la mayoría de reclamaciones laborales es obligatorio intentar antes la conciliación administrativa (papeleta ante el SMAC, CMAC o UMAC de tu comunidad autónoma) antes de poder presentar la demanda ante el juzgado de lo social.
¿Este escrito sirve para reclamar un despido improcedente?
No exactamente: si lo que quieres es impugnar el propio despido, el plazo es de solo 20 días hábiles y el trámite es distinto (conciliación previa por despido). Este modelo es para reclamar cantidades económicas adeudadas, no la improcedencia del despido en sí.

Fuentes y referencias

Verifica siempre la vigencia de la normativa y el procedimiento exacto en la sede electrónica del organismo destinatario.

Aviso: este modelo es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. TrámiteListo no sustituye la revisión de un profesional en casos complejos. Comprueba siempre los requisitos, plazos y el organismo competente en la fuente oficial correspondiente antes de presentar el escrito.