Reclamación por equipaje perdido, dañado o retrasado
Este modelo sirve para reclamar a la aerolínea cuando el equipaje facturado se pierde, llega dañado o se entrega con retraso respecto a la llegada del pasajero. La responsabilidad de las aerolíneas por el equipaje se rige por el Convenio de Montreal, que establece límites de indemnización y plazos muy estrictos para reclamar.
Última revisión de contenido: 15 de enero de 2026
¿Cuándo se utiliza?
- Tu equipaje facturado no ha llegado en el vuelo y la aerolínea no lo localiza (pérdida).
- El equipaje ha llegado con daños visibles (rotura, golpes) o con objetos que faltan en su interior.
- El equipaje se ha entregado varias horas o días después de tu llegada.
¿Quién puede presentarlo?
- El pasajero titular del equipaje facturado.
¿Qué documentación necesito?
- Parte de irregularidad de equipaje (PIR), formalizado en el mostrador de la aerolínea al detectar el problema, preferiblemente antes de salir del aeropuerto.
- Etiqueta de facturación del equipaje.
- Factura o justificante del valor del contenido, si reclamas por daños o pérdida de objetos concretos.
- Fotografías del daño, si procede.
¿Dónde se presenta?
La reclamación se dirige a la aerolínea que operó el vuelo, a través de su servicio de atención al cliente o del departamento de equipajes, indicando el número de PIR.
¿Qué plazo existe?
El Convenio de Montreal establece plazos muy estrictos: para equipaje dañado, debes reclamar por escrito en un máximo de 7 días desde su recepción; para equipaje retrasado, en un máximo de 21 días desde que se puso a tu disposición. Superados esos plazos, puedes perder el derecho a reclamar, así que actúa cuanto antes.
¿Cómo se rellena?
- 1
Formaliza el parte de irregularidad (PIR) en el aeropuerto antes de salir de la zona de recogida de equipajes, si aún no lo has hecho.
- 2
Reúne la etiqueta de facturación y, si reclamas por daños o contenido, fotografías y justificantes de valor.
- 3
Rellena este formulario indicando el tipo de incidencia y el número de PIR.
- 4
Envía la reclamación a la aerolínea dentro del plazo del Convenio de Montreal (7 días para daños, 21 días para retraso), por un medio que puedas acreditar.
- 5
Si la aerolínea no responde o rechaza la reclamación sin causa justificada, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) o a las plataformas de resolución de conflictos de consumo.
Antes de continuar
- Los plazos del Convenio de Montreal (7 días para daños, 21 días para retraso) son muy cortos y estrictos: no los dejes pasar.
- La indemnización por pérdida o daño tiene un límite económico fijado por el Convenio de Montreal, salvo que hayas declarado un valor especial y pagado un suplemento al facturar.
- Conserva siempre el parte de irregularidad (PIR) y la etiqueta de facturación: son la prueba principal de la incidencia.
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¿Qué ocurre después?
La aerolínea debe responder valorando la indemnización que corresponda, sujeta a los límites económicos que fija el Convenio de Montreal salvo que hubieras declarado un valor especial del equipaje al facturarlo. Si no estás conforme con la respuesta, puedes reclamar ante AESA o acudir a las plataformas de resolución de conflictos de consumo.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por equipaje dañado?
- Un máximo de 7 días desde que recibes el equipaje, según el Convenio de Montreal. Para equipaje retrasado, el plazo es de 21 días desde que se puso a tu disposición.
- ¿Hay un límite a la indemnización?
- Sí, el Convenio de Montreal fija un límite económico por pasajero, salvo que hayas declarado un valor especial del equipaje y pagado un suplemento al facturar.
- ¿Qué hago si perdí el equipaje y no reporté el PIR en el aeropuerto?
- Contacta cuanto antes con la aerolínea para formalizar la incidencia; sin el PIR será más difícil acreditar la pérdida, aunque algunas aerolíneas permiten reportarla también online en los días siguientes.
Fuentes y referencias
Verifica siempre la vigencia de la normativa y el procedimiento exacto en la sede electrónica del organismo destinatario.
- Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) — Agencia Estatal de Seguridad Aérea
- Ministerio de Consumo — Ministerio de Consumo
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